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Aceptación y partición de la herencia familiar: guía práctica por Navarro & Abogados



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La aceptación y partición de la herencia suelen ir de la mano. Primero se decide si uno quiere convertirse en heredero y en qué condiciones; después se procede al reparto del patrimonio entre quienes tengan derecho. En esta guía breve y clara explico cómo funciona este proceso y qué aspectos conviene tener en cuenta para evitar problemas futuros.


¿Qué significa aceptar una herencia?

Aceptar una herencia es manifestar la voluntad de recibir los bienes, derechos y obligaciones que deja el fallecido.En Cataluña y en el resto de España, esa aceptación puede realizarse de distintas maneras:

  • Pura y simple: el heredero asume activos y deudas sin limitación.

  • A beneficio de inventario: opción muy recomendable cuando existen dudas sobre cargas u obligaciones, ya que la responsabilidad del heredero queda limitada al valor de los bienes heredados.

  • Renuncia: posibilidad válida cuando no interesa asumir la herencia o las deudas superan el patrimonio.

La regla general es que cada heredero puede aceptar o repudiar de forma independiente, y que la aceptación, una vez hecha, es irrevocable.


¿Qué es la partición de la herencia?

Una vez aceptada la herencia, llega el momento de dividir los bienes. La partición consiste en convertir la cuota abstracta de cada heredero en bienes concretos: un inmueble, un saldo bancario, un vehículo, etc.

En Cataluña, los coherederos pueden:

  • Hacer la partición de común acuerdo, normalmente en escritura notarial.

  • Recurrir a un contador-partidor si el testador lo nombró.

  • Solicitar un procedimiento judicial cuando no existe consenso.

El Código Civil catalán permite que los herederos, si están todos conformes, puedan incluso adaptar el reparto previsto por el testador para adecuarlo a la realidad de la familia, siempre que se respeten las legítimas.


Pasos esenciales en un procedimiento de herencia

1. Reunir documentación

Es necesario obtener:

  • Certificado de defunción

  • Certificado de últimas voluntades

  • Testamento (si lo hay)

  • En su defecto, tramitar la declaración de herederos ante notario

2. Inventario y valoración del caudal hereditario

Antes de aceptar, es aconsejable conocer exactamente qué bienes, derechos y deudas integran la herencia. Esto permite decidir si conviene aceptar pura y simple o a beneficio de inventario, y facilita el posterior reparto.

3. Elegir la forma de aceptación

Cada heredero decide de forma independiente. En Cataluña, como hemos dicho, la aceptación es definitiva y no puede condicionarse.

4. Escritura de aceptación y partición

La aceptación (y, cuando proceda, el reparto) se formaliza ante notario.Si no existe testamento, primero se realiza la declaración de herederos.

5. Liquidación de impuestos

Los herederos deben presentar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (modelos 650 y 660).En Cataluña, el plazo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogables.También puede haber obligación de pagar la plusvalía municipal.

Aunque en derecho catalán no existe un plazo civil para aceptar la herencia, conviene no superar los seis meses para evitar recargos y poder acogerse a la aceptación a beneficio de inventario.

6. Inscripción de bienes

Una vez liquidados los impuestos:

  • Los inmuebles se inscriben en el Registro de la Propiedad.

  • Se gestiona el acceso a cuentas, depósitos, valores o vehículos del causante.

Conclusión

La aceptación y partición de una herencia son dos momentos distintos pero estrechamente relacionados: primero se decide si uno quiere ser heredero y cómo; después se concreta qué bienes corresponde a cada sucesor. Contar con una buena preparación documental y asesoramiento especializado evita conflictos y asegura que todo el proceso se desarrolle conforme a la ley.


¿Necesitas ayuda con una herencia?

En Navarro y Abogados estamos disponibles para asesorarte de forma clara, rápida y profesional.
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