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La legítima en Cataluña: qué es, quién tiene derecho y cómo reclamarla

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La legítima es uno de los aspectos que más dudas genera cuando hablamos de herencias en Cataluña. Aunque aquí tenemos un sistema sucesorio más flexible que en el Código Civil común, la legítima sigue siendo un derecho mínimo que ciertos familiares pueden exigir aunque el fallecido no les haya dejado nada en el testamento.En este artículo explico, de forma práctica, qué es la legítima, quién puede reclamarla y cuáles son los pasos para hacerlo correctamente.

¿Qué es la legítima?

La legítima es un derecho de crédito, no una parte concreta de los bienes.Esto significa que la persona legitimaria no tiene derecho automático a recibir un inmueble o un objeto, sino a reclamar un importe económico que debe pagar el heredero o herederos.

En Cataluña, la legítima equivale al 25% del valor del caudal hereditario, una vez descontadas las deudas y cargas. Este 25% se reparte entre todos los legitimarios.

¿Quiénes son los legitimarios en Cataluña?

Solo tienen derecho a legítima:

  • Los hijos del causante.

  • Los descendientes, si los hijos han fallecido.

  • A falta de descendientes, los progenitores del causante.

El cónyuge o pareja de hecho no es legitimario en Cataluña, aunque sí tiene otros derechos como el usufructo vidual.

¿Cuándo nace el derecho a reclamar?

El derecho a reclamar la legítima nace el día del fallecimiento, aunque se podrá exigir una vez se conozca el contenido del testamento y la composición del patrimonio hereditario.

El plazo para reclamar es de 10 años desde la muerte del causante.

¿Cómo se calcula la legítima?

Para calcularla, deben determinarse:

  1. El caudal relicto real: bienes y derechos menos deudas.

  2. Las donaciones colacionables hechas en vida por el causante.

  3. El valor de los bienes a fecha del fallecimiento (y no su valor histórico).

Sobre este valor neto se aplica el 25%, que constituye la legítima global a repartir entre legitimarios.

¿Cómo se reclama la legítima en Cataluña?

1. Requerimiento extrajudicial

El primer paso suele ser una reclamación amistosa al heredero, preferiblemente mediante burofax o requerimiento notarial solicitando:

  • La identificación de los bienes del caudal hereditario

  • La valoración de dichos bienes

  • La liquidación del importe de la legítima

En muchos casos, este trámite basta para abrir la negociación.

2. Negociación y pago

El heredero puede pagar:

  • En dinero, lo más habitual

  • Mediante dación en pago (entrega de bienes), si las partes están de acuerdo

El pago puede aplazarse si existe acuerdo o si se cumplen los requisitos legales para solicitar fraccionamiento.

3. Reclamación judicial

Si no hay acuerdo, el legitimario puede presentar una demanda judicial de reclamación de legítima.El procedimiento incluye:

  • Determinar el caudal hereditario real

  • Valorar los bienes

  • Fijar el importe exacto de la legítima

  • Condenar al heredero al pago

¿Qué ocurre si el testador reduce o excluye la legítima?

En Cataluña, el causante puede reducir o privar de la legítima, pero solo por causas muy concretas previstas en el Código Civil catalán (maltrato grave, ausencia manifiesta de relación, etc.).

Si no existe una causa legal o no está debidamente acreditada, la privación puede ser impugnada judicialmente.

¿Qué documentación necesito para reclamar la legítima?

  • DNI del legitimario

  • Certificado de defunción

  • Certificado de últimas voluntades

  • Testamento o declaración de herederos

  • Inventario provisional de bienes

  • Documentación de cuentas, inmuebles, vehículos, seguros, deudas, etc.

Cuanta más información se tenga, más sólida será la reclamación.

Conclusión

La legítima en Cataluña es un derecho económico que protege a los descendientes y ascendientes, pero su reclamación exige conocer con precisión el patrimonio del causante y las obligaciones del heredero. Una actuación ordenada —primero por vía amistosa y, si es necesario, judicial— permite asegurar el cobro y evitar conflictos familiares prolongados.

¿Debes reclamar una legítima o te la están reclamando?

En Navarro y Abogados te asesoramos desde el primer paso, tanto si eres legitimario como si eres heredero y necesitas calcular correctamente la legítima o defender tu posición.

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